- Presentación de la solicitud para el acogimiento familiar.
Las personas que deseen ser familias acogedoras, previa sesión informativa en nuestro SAAF, deberán presentar la solicitud, acompañada de la documentación que se indica en la misma, en la Delegación Territorial de Cádiz de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. También se podrá presentar la solicitud a través de nuestro SAAF (descargar solicitud).
- Formación Inicial Obligatoria:
Toda familia que desee ser acogedora deberá recibir una formación donde ampliar conocimientos que ayuden a madurar la decisión de acoger. La asistencia a esta formación, que imparte el SAAF, es de obligado cumplimiento.
- Declaración de Idoneidad.
Para ser familia acogedora se necesita la consideración de familia idónea y adecuada por parte de la Administración. Esta valoración requiere de la participación y colaboración en el estudio psicosocial de la familia por parte de los profesionales del SAAF.
- Selección de la familia.
Cuando una persona menor tutelada por la Junta de Andalucía, precisa de la medida de acogimiento familiar, se selecciona, del Registro de Solicitantes de Adopción y Acogimiento Familiar de Andalucía, aquellas familias cuya declaración de idoneidad responda a las características de la persona menor, proponiéndose a aquellas que ofrezcan las mayores posibilidades para la integración familiar y el óptimo desarrollo del menor, en función del historial y características de éste.
- Acoplamiento y formalización del acogimiento familiar.
Una vez realizada la selección, se ofrece a la familia acogedora la información disponible acerca del niño, niña o grupo de hermanos y hermanas, y de las condiciones del acogimiento que se le propone, solicitando su aceptación.
En el caso de los acogimientos temporales y permanentes, una vez que la familia ha aceptado la propuesta, comienza el acoplamiento, fase previa a la formalización del acogimiento, donde a través de diversos encuentros y salidas, la persona menor y la familia se van conociendo y adaptando mutuamente. Este periodo previo, como facilitador de la vinculación, requiere de un tiempo para su desarrollo. Su duración variará en función de la edad y circunstancias de la persona menor y de cómo evolucione la adaptación.
Una vez concluido el período de acoplamiento y por tanto se integra el menor en la familia, se formaliza el acogimiento familiar.
- Seguimiento y apoyo técnico.
Constituido el acogimiento familiar los equipos técnicos de nuestro servicio realizan un seguimiento periódico, a través de entrevistas, visitas domiciliarias y coordinación con los servicios sociales, sanitarios y educativos que resulten oportunos, proporcionando el asesoramiento y apoyo que precisen durante el acogimiento. Para ello se coordinarán con los equipos correspondientes de la Delegación Territorial de Cádiz de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
- Apoyo económico.
Las familias que formalicen el acogimiento familiar de un menor podrá recibir apoyo económico mediante prestaciones que tendrán como finalidad favorecer la medida de acogimiento familiar y contribuir a sufragar los gastos ordinarios y extraordinarios originados por la atención y cuidado de los niños, niñas y adolescentes en acogimiento familiar.
CONTACTO
Servicio de Apoyo al Acogimiento Familiar de Menores. ACCAM
Tlf: 956 921 107 / 678 110 827 / 900 804 236 E-mail: acogeles@accampa.org
C/ Tomillo nº37. Puerto Real (Cádiz)